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Panorama RecursosResolución de la OIE n.º 39 de mayo de 2017

Recursos Publicado en 2019-12-30 16:01:11

Resolución de la OIE n.º 39 de mayo de 2017

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Asociaciones Público-Privadas: expectativas de los socios del sector privado con respecto a los programas internacionales de sanidad animal y desarrollo de la ganadería, e implicaciones para la OIE

CONSIDERANDO QUE

  1. El papel esencial desempeñado por los sectores de la sanidad animal y de la ganadería en la contribución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (ODS),
  2. El compromiso de las entidades del sector privado, incluyendo multinacionales, pequeñas y medianas empresas (pymes), fundaciones privadas y filantrópicas, puede acelerar los avances hacia el cumplimiento de los ODS,
  3. Las asociaciones público-privadas (APP) ofrecen una combinación ideal de las fortalezas singulares tanto del sector público como del privado y a menudo pueden lograr mucho más que los esfuerzos más determinados emprendidos por cada uno de los sectores por separado,
  4. Las AAP constituyen mecanismos reconocidos para proveer y atraer recursos, experiencias y competencias complementarias, además de ofrecer oportunidades sustanciales para alcanzar los ODS y otras prioridades nacionales específicas,
  5. El sector privado está dispuesto a completar los esfuerzos de las autoridades veterinarias nacionales, siempre y cuando haya una clara delegación de responsabilidades, una gobernanza transparente, un marco de trabajo reglamentario funcional, una aplicación coherente de las reglas, una revisión periódica y disposiciones claras de salida,
  6. Los socios del sector privado requieren definir objetivos claros e impactos que se puedan medir antes de comprometerse con APP ya que, aunque puedan ser diferentes de los del sector público, los resultados de las APP serán de beneficio mutuo y crearán una situación de ganancia común,
  7. Las normas relativas a la sanidad y bienestar de los animales acordadas al nivel internacional abarcando a todos los aspectos de las APP, y que la definición del término servicios veterinarios que figura en el glosario del Código Sanitario para los Animales Terrestres incorpora las organizaciones, gubernamentales o no, que aplican las medidas de protección de la sanidad y el bienestar de los animales y reconoce que las organizaciones del sector privado, los veterinarios y los paraprofesionales de veterinaria realizan una contribución indispensable a los servicios veterinarios nacionales,
  8. Los acuerdos con las APP deberían reflejar, y suelen hacerlo, el Plan Estratégico de la OIE con un énfasis en la diversidad, la integración, la transparencia y el compromiso y también el reconocimiento del enfoque de la Tripartita,
  9. La OIE evalúa la capacidad de las autoridades veterinarias de interactuar con las partes interesadas a través del Proceso PVS (evaluación de las prestaciones de los servicios veterinarios),
  10. La Fundación Bill & Melinda Gates, en su calidad de socio privado, tiene objetivos específicos para sus inversiones que deben ser conformes con su visión de ayudar a reducir las desigualdades,
  11. En octubre de 2016, la OIE firmó un acuerdo de colaboración de tres años con la Fundación Bill & Melinda Gates, denominada “Avances público-privados” para estudiar el impacto de las APP en la mejora de los servicios veterinarios en África, y Asia” y, como tal, está empezando a recopilar experiencias positivas con las APP a escala mundial,

 
LA ASAMBLEA RECOMIENDA QUE

  1. La OIE desarrolle una estrategia mundial de movilización de recursos dirigida a los inversores privados y colabore con ellos con el fin de alentar las inversiones en los programas internacionales/regionales/nacionales de sanidad animal y de desarrollo del sector ganadero en colaboración con socios relevantes,
  2. La OIE y la Fundación Bill & Melinda Gates, en el marco de su colaboración, utilicen los resultados de la iniciativa “Avances público-privados” con el fin de demostrar los impactos positivos de las APP y difundan las mejores prácticas para apoyar a los Países Miembros en el desarrollo de APP exitosas y duraderas en el campo de la sanidad animal y el desarrollo del sector ganadero,
  3. En reconocimiento al hecho de que el crecimiento del sector privado a menudo es mayor que el de las autoridades veterinarias, se asignen los recursos necesarios a las autoridades veterinarias para crear entornos propicios para las APP,
  4. Los Países Miembros alienten y faciliten la organización de grupos de productores (por mercancía o industria) que puedan servir de socios del sector público como etapa previa de entornos favorables al desarrollo del sector ganadero a través del aumento de la producción y el refuerzo de los intercambios comerciales,
  5. Los Países Miembros hagan el balance de las mejores prácticas identificadas por la OIE y promuevan, desarrollen e implementen políticas y leyes que incentiven las colaboraciones con el sector privado para mejorar la sanidad animal y el desarrollo del sector ganadero,
  6. Los Países Miembros de la OIE no escatimen esfuerzos para gestionar de manera adecuada cualquier percepción de conflicto de intereses que surja de las APP,
  7. Los Países Miembros, al desarrollar APP, garanticen que las disposiciones tomadas también contribuyen a los esfuerzos mundiales en curso destinados al control de las enfermedades animales como la peste de pequeños rumiantes, la fiebre aftosa, la rabia o la influenza aviar,
  8. Cuando sea pertinente, se inste a los Países Miembros a solicitar una misión de seguimiento de la evaluación PVS para seguir los progresos alcanzados a nivel nacional en el cumplimiento de las normas de la OIE incluyendo su capacidad de interactuar con las partes interesadas, tal y como se evalúa en el componente fundamental III.

 
E INVITA

A la Fundación Bill & Melinda Gates y a otros inversores a que tomen medidas, en colaboración con la OIE, y que sigan defendiendo y apoyando el desarrollo de socios idóneos del sector privado con los que las autoridades veterinarias nacionales puedan comprometerse para crear entornos propicios para las APP encaminadas al desarrollo del sector ganadero y a la consecución de los ODS.

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(Adoptada por la Asamblea Mundial de Delegados de la OIE el 25 de mayo de 2017 para una entrada en vigor el 26 de mayo de 2017)

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